lunes 03 de marzo de 2025 - Edición Nº244

Deportes | 18 oct 2024

El TAS reafirma la sanción

El Tribunal de Arbitraje confirma la multa de 500.000 euros al Barça por ingresos erróneos en 2022

El Tribunal de Arbitraje Deportivo desestima el recurso del FC Barcelona, que deberá pagar la multa impuesta por la UEFA por declarar erróneamente beneficios por la venta de derechos de televisión.


El Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) ha desestimado el recurso del FC Barcelona contra la multa de 500.000 euros impuesta por la UEFA, tras concluir que el club catalán declaró erróneamente beneficios durante el ejercicio 2022. Según el fallo, el Barça reportó ingresos por la venta de activos intangibles que no se consideran relevantes según la normativa.

La UEFA sancionó al club en julio de 2023 al determinar que los ingresos derivados de la venta de derechos de televisión, realizada en el marco de la primera "palanca" económica para recuperar la solvencia del club, no cumplen con los requisitos establecidos. La primera cámara del órgano de Control Financiero de Clubes (CFCB) determinó que el Barcelona violó intencionadamente su normativa al reportar 267.089.000 euros como ingresos relevantes.

Este monto corresponde a la venta del 10% de los derechos televisivos del club en relación con la liga española, un acuerdo que se extiende por 25 años. La cámara de apelaciones de la UEFA había desestimado previamente el recurso del club, que argumentó que la sanción era desproporcionada y que LaLiga había considerado adecuadas sus operaciones.

Violaciones y justificaciones

El TAS emitió su fallo el pasado 18 de septiembre, pero lo hizo público este viernes. La resolución afirma que el Barcelona incumplió los artículos 58 (1 y 2) del Reglamento de Licencias de Clubes y Juego Limpio Financiero de la UEFA, así como el 77.01 (e) del Reglamento de Licencias de Clubes y Sostenibilidad Financiera. En su argumentación, el panel del TAS sostiene que “la supuesta singularidad de la estructura jurídica del Barcelona y los motivos de la venta no influyen en el marco reglamentario que debe aplicarse”.

Uno de los puntos clave en la decisión del TAS es que la infracción fue intencionada y tuvo un impacto significativo en los resultados financieros del club. El tribunal consideró que imponer una multa inferior a 500.000 euros no sería un disuasivo suficiente para evitar futuras infracciones de este tipo. De hecho, afirmaron que la sanción era relativamente leve en el contexto de los ingresos proyectados por el club para las temporadas 2024/25 y 2025/26.

Además de la multa, el TAS ha ordenado al Barcelona pagar 10.000 francos suizos en concepto de gastos relacionados con el procedimiento de la UEFA.

OPINÁ, DEJÁ TU COMENTARIO:
Más Noticias