jueves 18 de septiembre de 2025 - Edición Nº443

Actualidad | 12 nov 2024

Dina Boluarte promulga ley que regula el consumo de tabaco y vapear en Perú

La presidenta Dina Boluarte promulgó una ley que prohíbe fumar en espacios públicos cerrados y regula la venta de productos de tabaco y nicotina, con el objetivo de proteger la salud pública y reducir el consumo, especialmente en menores de edad.


Este lunes, la presidenta Dina Boluarte promulgó una nueva ley que regula el consumo de tabaco, nicotina y sus derivados en Perú. La legislación, previamente aprobada por el Congreso, busca proteger la salud pública mediante medidas más estrictas para limitar el acceso de estos productos a menores de edad y controlar su publicidad.

Una de las disposiciones más destacadas de la ley es la prohibición de fumar y vapear en espacios como establecimientos de salud, educación, dependencias públicas, lugares de trabajo, espacios públicos cerrados y medios de transporte. Todos estos lugares deberán contar con carteles visibles que indiquen la prohibición de fumar y vapear, promoviendo ambientes 100% libres de humo.

La ley también impone restricciones severas sobre la publicidad, promoción y patrocinio de productos de tabaco y nicotina. Los establecimientos y medios de transporte deberán exhibir carteles con un mensaje claro: "Está prohibido fumar y vapear en este establecimiento por ser dañino para la salud. Este ambiente es cien por ciento libre de humo y emisiones de vapeo".

En cuanto a los productos de tabaco, la ley exige que los empaques incluyan advertencias gráficas sobre los daños a la salud y la prohibición de venta a menores de 18 años, cubriendo al menos el 70% de la superficie del empaque. Asimismo, se prohíbe el uso de términos como ‘ligero’, ‘suave’ o ‘light’ en etiquetas y publicidad, con el objetivo de evitar la percepción de estos productos como menos dañinos.

Una medida clave en la ley es la prohibición de cualquier intervención de la industria tabacalera en la formulación de políticas públicas sobre el control de consumo de estos productos. La vigilancia y fiscalización de su cumplimiento estarán a cargo del Ministerio de Salud (Minsa), los gobiernos locales y el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi).

La ley también establece un plazo de 180 días para que los anunciantes ajusten sus campañas publicitarias conforme a las nuevas normativas, y un plazo máximo de dos años para que la industria tabacalera modifique el empaquetado de sus productos. Las mercancías adquiridas o en tránsito antes de la promulgación de la ley estarán exentas de estas exigencias, siempre que no hayan ingresado a un régimen aduanero.

Finalmente, se ha establecido que el Ejecutivo, a través de un decreto supremo firmado por el ministro de Salud, aprobará el reglamento correspondiente en un plazo máximo de 120 días.

Expertos en salud, como César Herrera, presidente de la Sociedad Peruana de Neumología, han advertido sobre los peligros de los cigarrillos electrónicos, que se promocionan como una alternativa más saludable, pero que en realidad causan problemas neurológicos y pulmonares, especialmente entre los jóvenes. Milton Rojas, de Cedro, también señaló que estos dispositivos pueden generar dependencia debido a la nicotina, mientras que Eduardo Chirinos, neumólogo del Ministerio de Salud, alertó sobre los compuestos cancerígenos presentes en el vapor inhalado, que ya han causado neumonías severas en usuarios.

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