La Cámara de Comercio de Lima (CCL) ha explicado las pautas clave para los empleadores y trabajadores del régimen laboral privado sobre el pago de las gratificaciones por Navidad, cuyo plazo vence el próximo 15 de diciembre. Según la Ley 27735, los trabajadores que hayan laborado de manera continua entre julio y diciembre de 2024 tienen derecho a percibir un sueldo íntegro como gratificación.
Además, aquellos trabajadores afiliados a EsSalud recibirán un monto adicional equivalente al 9% de la gratificación, mientras que los afiliados a una Empresa Prestadora de Salud (EPS) recibirán un 6.75%. Ambos conceptos deben reflejarse en la planilla electrónica de diciembre.
¿Quiénes tienen derecho a la gratificación?
Tienen derecho a la gratificación los trabajadores subordinados con contrato a plazo fijo, indefinido o a tiempo parcial. Incluso los trabajadores con jornada parcial (menos de cuatro horas diarias) tienen derecho al beneficio. En el caso de los trabajadores de pequeñas empresas, si fueron contratados tras la inscripción de la empresa en el Registro de Micro y Pequeña Empresa (Remype), recibirán medio sueldo de gratificación.
Por otro lado, los trabajadores agrarios que cumplan con los requisitos de la Ley 31110 también tienen derecho a percibir la gratificación, siempre que hayan acordado que sus gratificaciones semestrales coincidan con el pago de los trabajadores del régimen laboral común.
Excepciones y descuentos
No tienen derecho a la gratificación los trabajadores que perciben una "Remuneración Anual Integral", ya que en este caso la gratificación y la CTS están incluidas en su sueldo. Tampoco la reciben los trabajadores de microempresas contratados después de la inscripción de la empresa en el Remype, ni los trabajadores independientes, pues no están sujetos a subordinación laboral.
En cuanto al cálculo de la gratificación, los trabajadores que laboren todo el semestre recibirán un sueldo completo. Aquellos que trabajen solo algunos meses recibirán la gratificación proporcional, es decir, un sexto de su sueldo por cada mes trabajado. Si durante el mes hay inasistencias injustificadas, se descontará un treintavo de la gratificación por cada inasistencia.
Gratificación trunca
En el caso de que el trabajador termine su relación laboral antes de diciembre, tiene derecho a una gratificación proporcional, conocida como "gratificación trunca", que se calcula según los meses completos laborados desde julio. Este monto se paga junto con los beneficios sociales dentro de las 48 horas posteriores al cese.
Multas por incumplimiento
El incumplimiento del pago de las gratificaciones hasta el 15 de diciembre es considerado una infracción grave, lo que puede llevar a sanciones económicas. Las multas varían según el tamaño de la empresa y el número de trabajadores afectados, y pueden ir desde 566.5 soles para microempresas hasta 134,518 soles para grandes empresas. La multa se calcula tomando como base la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) de 5,150 soles para 2024.
Es fundamental que los empleadores cumplan con el pago de las gratificaciones a tiempo para evitar estas sanciones.