viernes 31 de enero de 2025 - Edición Nº213

Actualidad | 11 dic 2024

Ley N° 32181: Fiscales no podrán pedir detención de policías que causen muerte al usar armas legalmente

El Poder Ejecutivo publicó una ley que modifica el Código Penal y el Código Procesal Penal, garantizando presunción de inocencia para la Policía Nacional del Perú al usar armas en su labor.


El Poder Ejecutivo aprobó la Ley N° 32181, una modificación del Código Penal y del Nuevo Código Procesal Penal, con el objetivo de garantizar la presunción de inocencia y otorgar una mayor protección al personal de la Policía Nacional del Perú (PNP). La nueva ley, que fue publicada recientemente en el Diario Oficial El Peruano, establece que los fiscales no podrán solicitar la detención preliminar ni la prisión preventiva contra los agentes policiales en ejercicio de su función, cuando estos hagan uso de sus armas o medios de defensa de forma reglamentaria y, como resultado, ocurra alguna lesión o muerte.

Modificación clave para la protección de policías
Con esta ley, se busca asegurar que los agentes de la PNP no sean detenidos de manera preventiva en situaciones donde el uso de su armamento sea necesario para cumplir con su función constitucional. El fiscal, según la nueva normativa, no podrá solicitar la detención preliminar judicial y el juez no podrá dictar prisión preventiva en estos casos, bajo responsabilidad funcional.

Excepciones y restricciones
Aunque se excluye a los fiscales y jueces de solicitar la detención en estos casos específicos, la ley establece que aún podrán imponerse restricciones según lo previsto en el artículo 288° del Nuevo Código Procesal Penal. Estas restricciones apuntan a garantizar que los casos en que se cause una lesión o muerte sean tratados de acuerdo a los protocolos establecidos para proteger tanto a las víctimas como al personal policial.

Modificación adicional para personas mayores de 80 años
La ley también introduce una disposición relacionada con personas mayores de 80 años, quienes, por razones humanitarias, podrán afrontar sus condenas conforme a lo establecido en los artículos 288° o 290° del Nuevo Código Procesal Penal, que permiten un tratamiento diferente en función de la edad del condenado.

Cambios en el Código Penal y Código Procesal Penal
Para dar lugar a esta nueva normativa, se incorporan los artículos 261°-A y 268°-B al Nuevo Código Procesal Penal, que se suman al párrafo tercero del artículo 22° del Código Penal, el cual establece la responsabilidad restringida por la edad para los mayores de 80 años.

Impacto de la ley en el sistema judicial peruano
La Ley N° 32181 marca un cambio importante en cómo se tratarán los casos en los que la Policía Nacional del Perú use sus armas durante el cumplimiento de su deber, reflejando un enfoque en la protección de los derechos del personal policial en situaciones de riesgo. Esta modificación ha generado opiniones divididas, con algunos críticos señalando que podría dificultar el acceso a la justicia para las víctimas, mientras que otros la defienden como una medida de justicia para aquellos que cumplen con su deber en circunstancias difíciles.

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