El Congreso de la República aprobó hoy una reforma que amplía la vigencia del Documento Nacional de Identidad (DNI) para los mayores de edad a 10 años, con el objetivo de fortalecer el derecho a la identidad y facilitar el acceso a la documentación oficial en el país. Esta modificación, contenida en la Ley N° 32237, fue publicada en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano y establece una serie de cambios importantes para la renovación del DNI, tanto para adultos como para menores de edad.
La ley modifica el artículo 37 de la Ley 26497 (Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil), estableciendo que el DNI de los mayores de edad tendrá una validez de 10 años, renovable por el mismo periodo. Este ajuste pretende agilizar los trámites administrativos y reducir la frecuencia de renovaciones para los ciudadanos adultos.
Para los menores de 12 años, el DNI tendrá una validez de tres años, mientras que para los adolescentes entre 12 y 17 años el documento será válido hasta que cumplan los 18 años. Este cambio busca adecuarse mejor a las necesidades de los menores en el contexto de su crecimiento y cambios físicos.
Además, la ley introduce medidas que permiten la emisión gratuita del DNI en ciertos casos específicos, tales como:
Con esta reforma, el Congreso busca garantizar una mayor accesibilidad a la documentación oficial, al tiempo que asegura que los ciudadanos más vulnerables no enfrenten barreras económicas para acceder a su DNI, promoviendo así la inclusión y la agilidad en los trámites administrativos.