miércoles 26 de febrero de 2025 - Edición Nº239

Actualidad | 26 feb 2025

Economía

Sunat evalúa aplicar el Impuesto a la Renta a las ganancias por criptomonedas

12:25 |El Superintendente Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, Víctor Mejía, detalló la propuesta de modificar la Ley del Impuesto a la Renta para incluir a las ganancias obtenidas por criptomonedas. El objetivo es regular y gravar estas operaciones de forma adecuada.


El debate sobre la regulación de las criptomonedas en Perú dio un paso importante con el anuncio del Superintendente Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat), Víctor Mejía. En una reciente entrevista en el programa Ampliación de Noticias, el funcionario detalló que la Sunat está evaluando la modificación de la Ley del Impuesto a la Renta para incluir a las ganancias derivadas de las criptomonedas, con el fin de regular y gravar estas operaciones.

Mejía destacó que las criptomonedas representan una actividad que requiere de una regulación especial, dada su naturaleza y su creciente presencia en el mercado financiero. "Estamos planteando una modificación de la ley del Impuesto a la Renta para comprender en el pago de tributos a estas criptomonedas", explicó.

El jefe de la Sunat también indicó que, de aprobarse la modificación, las personas naturales que obtengan ganancias por criptomonedas deberán declararlas como renta de segunda categoría. Por su parte, las personas jurídicas lo harán bajo la categoría de rentas de tercera categoría.

¿Qué es el Impuesto a la Renta?
El Impuesto a la Renta es un tributo que se declara anualmente en Perú. Este impuesto afecta tanto a personas naturales como jurídicas. En el caso de las personas naturales, se aplica a los ingresos provenientes de actividades como el arrendamiento de bienes, el trabajo dependiente o independiente, y la venta de valores mobiliarios como acciones. Las ganancias derivadas de la venta de criptomonedas caerían bajo la Renta de Capital - Segunda Categoría, la cual también incluye intereses y regalías.

Por otro lado, la Renta Empresarial - Tercera Categoría afecta a las personas jurídicas que realizan actividades comerciales, industriales, mineras, y aquellas que generen negocios o empresas, lo que incluiría a las entidades que operan con criptomonedas en Perú.

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