

A pesar de una medida cautelar vigente desde 2022, la Policía Nacional del Perú (PNP) continúa utilizando caballos en operativos de control de multitudes, según denunció la presidenta del Instituto Peruano de Asesoría Legal del Medio Ambiente y la Biodiversidad (IPALEMA), Sonia Córdova.
“No pueden sacar a los caballos mientras se resuelve el proceso judicial”, declaró Córdova a Canal N, al referirse al fallo emitido por la Primera Sala Constitucional de Lima que ordena suspender el uso de la Policía Montada en espectáculos públicos, protestas y situaciones de violencia colectiva.
La sentencia de 2022 anuló el artículo del Reglamento de la PNP que autorizaba la participación de la Policía Montada, argumentando que esta práctica no supera el test de proporcionalidad y viola la Ley de Protección y Bienestar Animal (Ley N.º 30407).
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El fallo, respaldado por los jueces superiores Ordóñez Alcántara y Tapia Gonzales, señala que existen medios menos riesgosos e igualmente eficaces, como vehículos motorizados y armas disuasivas (p. ej. bombas lacrimógenas), para controlar multitudes en situaciones conflictivas.
Además, el tribunal advirtió que:
“El uso de caballos para el control de multitudes representa un enfoque desfasado y decimonónico”, y su supuesto efecto disuasorio “es subjetivo y basado en una narrativa histórica sin sustento actual”.
El fallo también subraya que los equinos carecen de protección adecuada ante agresiones durante disturbios, lo cual los pone en riesgo extremo. Según la resolución, su uso contraviene la normativa vigente en bienestar animal y constituye un “sufrimiento innecesario”.
A pesar de la prohibición, se ha registrado el uso de caballos en protestas en Arequipa y enfrentamientos con mineros, violando lo dispuesto por el Poder Judicial.
El pasado 14 de julio, IPALEMA solicitó a la Primera Sala Constitucional que se haga efectiva la advertencia de febrero de 2024, que insta a iniciar denuncias ante el Ministerio Público y procesos disciplinarios contra los responsables policiales por desacato a la orden judicial. Esto podría conllevar incluso destituciones.
El Ministerio del Interior ha apelado la sentencia, y ahora el caso se encuentra en manos de la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente de la Corte Suprema, que deberá emitir el fallo final.
Cabe destacar que el juez Cueva Chauca emitió un voto en discordia, defendiendo la validez del reglamento de la PNP y argumentando que se trata de una norma interna, no aplicable directamente a la ciudadanía.