El Congreso de la República oficializó la delegación de facultades legislativas al Poder Ejecutivo, tras la publicación de la Ley N.º 32527, que autoriza al gobierno del presidente José Jerí a legislar por un plazo de 60 días calendario.
La medida permitirá al Ejecutivo emitir 48 decretos legislativos, orientados a atender temas considerados urgentes, con énfasis en la reactivación y el crecimiento económico, bajo el enfoque de un “crecimiento económico responsable”.
Uno de los principales objetivos de la delegación es promover la inversión privada, especialmente en bienes públicos que forman parte del patrimonio cultural de la nación, asegurando que estas iniciativas se desarrollen subordinadas al interés general.
Asimismo, el Ejecutivo queda facultado para modificar la Ley 32441, que regula las Asociaciones Público-Privadas (APP), con el propósito de optimizar la gestión y ejecución de proyectos bajo las modalidades de APP y Proyectos en Activos (PA). También se podrán establecer medidas para facilitar la disponibilidad de inmuebles necesarios para proyectos de infraestructura.
Otras disposiciones económicas incluyen:
Precisar la aplicación del porcentaje de percepción del 10 % en importaciones.
Optimizar el funcionamiento presupuestario de la Autoridad Nacional de Infraestructura (ANIN).
Eliminar tasas por medidas cautelares en la Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas.
En materia tributaria, la delegación busca mejorar la recaudación y la fiscalización, otorgando al Ejecutivo facultades para:
Modificar el sistema de pago de obligaciones tributarias.
Establecer medidas para el pago de deuda tributaria exigible.
Fortalecer el marco penal tributario frente a nuevas modalidades de fraude.
Combatir el uso de facturas electrónicas falsas y comprobantes de pago adulterados.
Implementar procedimientos especiales de control del valor en importaciones.
Sustituir sanciones de comiso por multas en determinados casos aduaneros.
La norma también incorpora medidas para fortalecer la protección del consumidor en el comercio electrónico. Entre ellas, se exigirá que los proveedores no domiciliados cuenten con correos electrónicos para la gestión de reclamos, además de prohibir prácticas comerciales coercitivas en plataformas digitales.
Una vez publicados los decretos legislativos, la ley establece que los titulares de cada sector ministerial, incluidos el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y Produce, deberán informar por escrito a la Comisión de Constitución y Reglamento del Congreso sobre el avance y la implementación de las medidas, dentro de un plazo de 60 días posteriores a su publicación.