La publicación del Decreto Supremo N.° 018-2025-DE, el pasado 1 de enero en el diario oficial El Peruano, oficializó la modificación del Reglamento de la Ley del Servicio Militar, alineándolo con los cambios introducidos por la Ley N.° 31488. La norma entró en vigencia de manera inmediata.
Desde el Poder Ejecutivo se precisó que esta actualización no restablece el servicio militar obligatorio, sino que busca fortalecer el registro y la participación cívica de los jóvenes, optimizando los procesos de inscripción, llamamiento y licenciamiento, además de ampliar los beneficios para quienes culminen el servicio.
Según el nuevo reglamento, todos los jóvenes que cumplan 17 años están obligados a inscribirse en el Registro Militar. Quienes no lo hagan antes de cumplir los 18 años pasarán automáticamente a la condición de “omisos a la inscripción”, una categoría incorporada formalmente en la normativa.
La sanción equivale al 5 % de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente al momento del pago, lo que representa aproximadamente S/ 275. El monto deberá abonarse en el Banco de la Nación, a favor de la institución armada correspondiente.
No obstante, el decreto contempla una alternativa: si el joven omiso culmina el Servicio Militar Acuartelado dentro del plazo legal, queda exonerado del pago de la multa, una opción pensada para quienes no cuentan con recursos económicos suficientes.
La norma también flexibiliza los requisitos de ingreso al Servicio Militar Acuartelado. Desde ahora, los jóvenes omisos no necesitarán presentar constancia de inscripción, bastando únicamente con su DNI al momento de la convocatoria.
Además, se amplían los beneficios para el personal licenciado, incluyendo capacitaciones técnicas orientadoras en transporte terrestre y acuático, gestionadas por el Ministerio de Defensa en coordinación con el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aunque sin otorgar licencias ni certificaciones oficiales.
El decreto también faculta al Ejecutivo a prorrogar el periodo de instrucción de las reservas en casos de seguridad y defensa nacional y ratifica la multa del 5 % de la UIT para infracciones vinculadas a la inscripción militar.
Si cumpliste 17 años en 2025 y alcanzas la mayoría de edad en enero de 2026, debes inscribirte antes de cumplir los 18 años. De no hacerlo, pasarás automáticamente a la condición de omiso, lo que implica la multa del 5 % de la UIT.
Para regularizar tu situación, puedes pagar la sanción o culminar el Servicio Militar Acuartelado, opción que te exonera del pago.
La inscripción permite al sector Defensa mantener actualizado el registro de peruanos entre los 17 y 50 años, y habilita al ciudadano a postular al Servicio Militar si lo desea.
Actualmente, la plataforma virtual se encuentra en mantenimiento, por lo que la inscripción solo puede realizarse de manera presencial.
Para hacerlo, debes acudir con tu DNI a cualquiera de las Oficinas de Registro Militar del Ejército, la Marina de Guerra o la Fuerza Aérea del Perú. El trámite es gratuito.
En el caso de peruanos que residen en el extranjero, la inscripción se realiza en el Consulado del Perú correspondiente.