jueves 08 de enero de 2026 - Edición Nº555

Actualidad | 5 ene 2026

JEE Lima Centro rechaza candidatura presidencial de Mario Vizcarra

El Jurado Electoral Especial declaró fundadas tres tachas contra el postulante de Perú Primero y anuló la inscripción de su fórmula presidencial para las Elecciones Generales 2026.


El Jurado Electoral Especial (JEE) Lima Centro 1 declaró fundadas las tres tachas presentadas contra la candidatura presidencial de Mario Vizcarra, del partido Perú Primero, y dispuso la improcedencia de su inscripción para las Elecciones Generales 2026.

Las tachas fueron presentadas por los ciudadanos Jeanpier Valverde, Luis Miguel Caya y Edwin Huamaní, quienes argumentaron que Mario Vizcarra se encuentra impedido de postular debido a una sentencia por el delito de peculado, conforme a la normativa electoral vigente.

La decisión quedó formalizada mediante la Resolución N.° 65-2026-JEE-LIC1/JNE, en la que el organismo electoral también ordenó la acumulación de los expedientes N.° EG.2026017920 y EG.2026018019 al expediente principal N.° EG.2026018017, al considerar que estaban directamente relacionados con el mismo proceso y candidato.

De acuerdo con el procedimiento, el caso podrá ser revisado por el pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), si el partido Perú Primero decide apelar la resolución, que actúa como primera instancia.


¿Qué señaló el JEE en su resolución?

En su análisis, el JEE Lima Centro 1 evaluó los argumentos de las tres tachas, que sostenían que Mario Vizcarra no cumple con los requisitos para postular a la Presidencia de la República, de acuerdo con el artículo 107 de la Ley Orgánica de Elecciones (LOE).

Dicha norma establece que no pueden postular a la Presidencia ni a las Vicepresidencias las personas que, en su condición de funcionarios o servidores públicos, hayan sido condenadas a pena privativa de la libertad —efectiva o suspendida— mediante sentencia consentida o ejecutoriada, por delitos dolosos como colusión, peculado o corrupción de funcionarios, incluso si han sido rehabilitadas.

El organismo electoral precisó que los fundamentos de las tachas “obedecen a la infracción de requisitos de la fórmula o de candidatura previstos en la LOE, así como en los demás requisitos legales y constitucionales”.

Las tachas presentadas se encuentran acordes con el impedimento regulado en el literal j) del artículo 107 de la Ley Orgánica de Elecciones, incorporado por la Ley N.° 30717; en consecuencia, las tachas formuladas devienen en fundadas”, señala el documento oficial.

Asimismo, el JEE indicó que, conforme al Reglamento de Inscripción de Fórmulas y Listas de Candidatos para las Elecciones Generales 2026, corresponde declarar improcedente toda la fórmula presidencial, ya que la norma establece que si la tacha contra el candidato a la Presidencia es declarada fundada, las candidaturas a las Vicepresidencias no pueden ser inscritas.

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