El año fiscal 2026 inicia con una modificación clave para miles de contribuyentes en el país: el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) se fijó en S/5.500, lo que impacta directamente en el impuesto predial y en la exoneración dirigida a adultos mayores de 60 años en el Perú.
Este beneficio, administrado por las municipalidades distritales, busca aliviar la carga tributaria de personas que enfrentan mayores limitaciones económicas, de acuerdo con información del Servicio de Administración Tributaria (SAT) de Lima.
El impuesto predial es una obligación anual que deben cumplir los propietarios de predios urbanos y rústicos, y se calcula sobre el autovalúo del inmueble, conforme a los lineamientos del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS).
Para 2026, el SAT detalla que el cálculo se basa en una escala progresiva vinculada al valor de la UIT:
0,2 % por los primeros S/82.500 (hasta 15 UIT)
0,6 % por el tramo entre S/82.500 y S/330.000 (15 a 60 UIT)
1 % por el excedente de S/330.000 (más de 60 UIT)
Este sistema permite que el tributo se ajuste al valor real de la propiedad.
Uno de los puntos centrales en 2026 es el nuevo límite del autovalúo para acceder a la exoneración. Los adultos mayores de 60 años cuyos inmuebles no superen las 50 UIT, equivalentes a S/275.000, pueden solicitar la deducción.
Si el valor del predio excede ese monto, el impuesto se calcula solo sobre la diferencia. Por ejemplo, una vivienda valorizada en S/300.000 pagará impuesto predial únicamente por S/25.000, precisó el SAT.
El beneficio alcanza tanto a pensionistas como a no pensionistas, siempre que el inmueble sea su vivienda principal.
Para solicitar la exoneración del impuesto predial, el adulto mayor debe cumplir con los siguientes requisitos:
Tener 60 años o más
Ser propietario único del inmueble, o junto a su cónyuge
Que el predio esté destinado a vivienda principal
Ingresos brutos mensuales no mayores a 1 UIT (S/5.500)
El inmueble debe estar registrado a su nombre
Se permite uso parcial comercial o profesional, con autorización municipal
El trámite se realiza ante la municipalidad correspondiente, que solicitará la documentación sustentatoria.
El SAT recuerda que el pago oportuno del impuesto predial evita multas, intereses moratorios y procesos de cobranza coactiva, que pueden incluir embargos de bienes o cuentas bancarias.
Entre las principales faltas se encuentran:
No pagar dentro de los plazos establecidos
Declarar información falsa o incompleta
No registrar o actualizar datos del inmueble
Usar el predio con fines distintos a los declarados
Además de los adultos mayores, existen otras exoneraciones del impuesto predial en el Perú, como:
Pensionistas con un solo inmueble destinado a vivienda
Inmuebles religiosos
Predios de interés público o fines benéficos
“El beneficio de deducir 50 UIT del monto imponible está disponible para los adultos mayores que cumplan los requisitos establecidos”, recalcó el SAT, precisando que el nuevo valor de la UIT rige para todas las solicitudes del ejercicio fiscal 2026.