jueves 22 de enero de 2026 - Edición Nº569

Actualidad | 20 ene 2026

Gobierno endurece penas contra minería ilegal y extorsión

José Jerí promulgó decretos que endurecen sanciones penales en medio de cuestionamientos por reuniones no transparentes.


En un contexto político marcado por la controversia, el presidente interino José Jerí promulgó este miércoles 20 de enero un paquete de decretos legislativos que modifican el Código Penal y el Código Procesal Penal, amparado en la Ley 32527, que delegó facultades legislativas al Poder Ejecutivo.

Las reformas fueron oficializadas mientras persisten los cuestionamientos por las reuniones no aclaradas del mandatario con el empresario chino Zhihua Yang, lo que ha generado dudas sobre la oportunidad y el alcance real de estas medidas contra el crimen organizado.

Minería ilegal: ¿castigo efectivo o endurecimiento simbólico?

El Decreto Legislativo 1695 amplía el delito de minería ilegal, incorporando sanciones no solo para quienes extraen recursos sin autorización, sino también para quienes se benefician económicamente de esta actividad ilícita.

La norma eleva las penas por tráfico de insumos químicos y maquinaria, que ahora oscilarán entre 6 y 9 años de prisión, y tipifica el delito de tráfico de recursos minerales ilegales. Sin embargo, especialistas advierten que el aumento de penas no siempre se traduce en mayor capacidad de control ni fiscalización efectiva.

Además, se elimina el beneficio procesal que permitía a los implicados evitar investigaciones si suspendían actividades ilegales. ¿Podrá el sistema judicial asumir ahora una mayor carga de procesos sin colapsar?

Desobediencia a la autoridad: ¿fortalecer el orden o restringir derechos?

Mediante el Decreto Legislativo 1696, se incrementa la pena por resistencia o desobediencia a la autoridad a 5 y 8 años de cárcel.

La norma también impide la suspensión de la pena en casos agravados, especialmente cuando el delito se comete contra policías, militares o autoridades elegidas por voto popular, lo que abre el debate sobre el equilibrio entre principio de autoridad y derechos ciudadanos.

Tenencia compartida de armas: ¿nuevo delito, nuevo riesgo interpretativo?

El Decreto Legislativo 1697 incorpora la figura de tenencia ilegal compartida de armas de fuego, sancionando situaciones en las que dos o más personas ejercen control simultáneo sobre un arma.

Aunque el Ejecutivo justifica la medida por prácticas delictivas recurrentes, abogados penalistas advierten posibles zonas grises en la interpretación, que podrían derivar en procesos cuestionables.

Acceso inmediato a celulares: ¿seguridad o invasión a la privacidad?

El Decreto Legislativo 1698 autoriza a la Policía Nacional a revisar de inmediato celulares y equipos informáticos de detenidos en flagrancia por extorsión, sicariato o secuestro, así como dispositivos incautados en penales.

Si bien la norma exige una validación judicial posterior, surge la interrogante sobre los límites del control policial y la protección de derechos fundamentales en investigaciones penales.

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