El presidente encargado del Congreso, Fernando Rospigliosi, fue condenado a nueve meses de prisión suspendida y al pago de una reparación civil de 200 mil soles por el delito de difamación en agravio de Delia Espinoza, decana del Colegio de Abogados de Lima.
La sentencia fue dictada por la jueza suprema Norma Carbajal, quien determinó que el legislador cumple con los requisitos establecidos en el artículo 57 del Código Penal para la suspensión de la ejecución de la pena.
Entre los criterios evaluados se consideró que la condena es menor a cinco años, que el sentenciado no es reincidente y que existen elementos para inferir que no volverá a cometer un delito. En ese sentido, el fallo establece una pena privativa de libertad suspendida por el plazo de un año.
Durante la audiencia, la magistrada precisó que la suspensión de la pena es una facultad excepcional, ya que la regla general es el cumplimiento efectivo de la prisión. No obstante, sostuvo que, por la naturaleza del caso y la personalidad del condenado, es posible realizar una proyección favorable de su conducta futura.
Se espera que los argumentos completos de la sentencia sean detallados el próximo 15 de abril, cuando se realice la lectura íntegra del fallo.
Tras conocerse la decisión judicial, Rospigliosi utilizó sus redes sociales para ratificarse en las expresiones por las que fue condenado, reiterando sus cuestionamientos contra Espinoza.
El parlamentario también criticó el sistema judicial y sostuvo que la sentencia responde a intentos de silenciar sus opiniones, en medio de un contexto de tensiones políticas e institucionales.
Como parte de la condena, el legislador deberá cumplir con una serie de restricciones para evitar la ejecución de la pena:
El incumplimiento de estas condiciones podría derivar en la revocatoria de la suspensión y el ingreso efectivo a prisión.