Desde las 8:00 de la mañana del sábado 11 de abril entró en vigencia la conocida ‘Ley seca’, una disposición que restringe la venta de bebidas alcohólicas en todo el país en el marco de las Elecciones Generales 2026, que se realizan este domingo 12 de abril.
La medida se extenderá hasta las 8:00 de la mañana del lunes 13 de abril, según lo establece el artículo 351 de la Ley Orgánica de Elecciones (Ley N.º 26859).
La normativa indica que durante este periodo:
Es importante precisar que la medida no prohíbe el consumo de alcohol, sino únicamente su comercialización.
Sí. De acuerdo con la norma, los ciudadanos pueden consumir bebidas alcohólicas si las adquirieron antes del inicio de la restricción. Sin embargo, se recomienda evitar su ingesta en espacios públicos durante la jornada electoral.
El artículo 390 de la Ley Orgánica de Elecciones establece que quienes incumplan la disposición, específicamente los que operen locales de venta exclusiva de alcohol, pueden enfrentar:
La sanción está dirigida a los propietarios o encargados de establecimientos que expendan bebidas alcohólicas durante el periodo restringido, no a los consumidores.
Además, la norma no aplica de forma literal a negocios que no se dedican exclusivamente a la venta de alcohol, como supermercados.
La legislación electoral también contempla otras medidas:
Estas disposiciones buscan garantizar el orden público y el desarrollo adecuado del proceso electoral en todo el país.