

Publicada en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, la norma modifica el artículo 20 de la Ley del Serenazgo Municipal. A partir de ahora, y según los recursos de cada municipalidad, los serenos podrán utilizar pistolas eléctricas para prevenir y disuadir delitos, respetando los derechos fundamentales de los ciudadanos.
Para ello, la ley exige una capacitación previa obligatoria, que incluye entrenamientos en:
Campo abierto
Polígonos de tiro
Simuladores de intervención
La ley también dispone que el Ministerio del Interior evalúe si el uso de armas de electrochoque deberá ir acompañado de cámaras de vídeo corporales activas, como medida de transparencia y control.
En su cuarta disposición transitoria, la norma exonera de responsabilidad penal a los serenos que, haciendo uso reglamentario de un medio de defensa, causen daños contra la vida, el cuerpo o la salud durante el cumplimiento de sus funciones.
La presidenta Dina Boluarte firmó la autógrafa de esta ley el pasado sábado durante una ceremonia en la que tomó juramento a miles de integrantes de juntas vecinales de Lima y Callao, reforzando el mensaje de mano firme contra la delincuencia.