El Estado peruano aprobó una ley que fija una nueva pensión para los maestros jubilados y cesantes de la carrera pública magisterial, equivalente a la remuneración íntegra mensual (RIM) de la primera escala, actualmente establecida en S/3.500,70.
La norma tiene como objetivo garantizar una pensión que cubra las necesidades básicas de los docentes retirados y les permita mantener un nivel de vida adecuado, en contraste con el sistema vigente administrado por la Oficina de Normalización Previsional (ONP), cuyo tope máximo alcanza los S/1.000.
Con esta disposición, los beneficiarios recibirán una pensión que triplica el monto máximo actual del sistema público, lo que representa un cambio significativo en la política previsional del sector educativo.
La ley alcanza a docentes de educación básica regular, alternativa, especial y técnico-productiva, comprendidos tanto en el Sistema Nacional de Pensiones (SNP) como en el Sistema Privado de Pensiones (SPP), administrado por las AFP.
Asimismo, se establece que el monto de estas pensiones será determinado por el Ministerio de Economía y Finanzas en coordinación con el Ministerio de Educación, en función del valor vigente de la RIM.
Aunque la ley ya fue promulgada tras su aprobación por insistencia, su implementación dependerá de la elaboración del reglamento por parte del Poder Ejecutivo, el cual deberá aprobarse en un plazo máximo de 90 días calendario.
De cumplirse ese cronograma, el reglamento estaría listo a más tardar el 14 de julio de 2026, fecha a partir de la cual se definirá la aplicación efectiva de la norma y el inicio del pago de las nuevas pensiones.
Pese a los beneficios anunciados, la medida ha generado debate debido a su impacto fiscal y a los desafíos que implicará su financiamiento en el mediano y largo plazo.