jueves 16 de abril de 2026 - Edición Nº653

Actualidad | 16 abr 2026

Gobierno elimina aporte obligatorio de independientes a pensiones desde 2028

09:48 |Nuevo decreto supremo establece que trabajadores independientes podrán aportar de forma voluntaria al sistema previsional, tras cambios legales aprobados por el Congreso.


El Ejecutivo oficializó la eliminación del aporte obligatorio a los sistemas de pensiones para trabajadores independientes desde el año 2028, mediante el Decreto Supremo N.° 061-2026-EF, que modifica el reglamento de la Ley N.° 32123.

La medida convierte en voluntaria la afiliación y contribución previsional para quienes no tienen relación de dependencia laboral, en línea con la adecuación normativa iniciada tras la aprobación de la Ley N.° 32445. De esta manera, se dejan sin efecto las disposiciones que exigían aportes obligatorios a este grupo.

El cambio se produce luego del retiro extraordinario de hasta 4 UIT de los fondos de las AFP, aplicado entre finales de 2025 e inicios de 2026, y busca ordenar el marco legal vigente del sistema previsional.

Cambios en aportes y afiliación

El decreto actualiza conceptos clave como trabajador independiente e ingreso asegurable, eliminando cualquier obligación automática de aporte. Desde 2028, los independientes podrán decidir si afiliarse y aportar, mientras que los trabajadores dependientes mantendrán las reglas actuales sin modificaciones.

Asimismo, se eliminan las normas sobre retención, declaración, pago y sanciones vinculadas a aportes obligatorios de independientes. Según el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), las obligaciones se mantienen únicamente para empleadores y trabajadores en planilla.

Cómo funcionará el aporte voluntario

La norma también precisa el funcionamiento de la unidad de aporte (UdA) en el Sistema Privado de Pensiones (SPP) y el Sistema Nacional de Pensiones (SNP), estableciendo que el aporte mínimo no puede ser menor a una Remuneración Mínima Vital (RMV).

Para ilustrar el esquema, se plantea el siguiente ejemplo con una RMV de S/ 1.130:

  • Si un trabajador independiente decide aportar sobre S/ 1.130 y el sistema exige una tasa del 10 %, deberá contribuir con S/ 113. En ese caso, se le reconocerá una UdA completa, equivalente a un mes de aportes.
  • Si el aporte se realiza sobre S/ 800, el 10 % equivale a S/ 80. En este escenario, el mes no se contabiliza como completo, sino como una fracción de UdA, que deberá ser complementada con aportes adicionales.

Además, para acceder a una pensión mínima o proporcional en el SPP, los independientes deberán demostrar que han dejado de percibir ingresos asegurables.

Con estos cambios, el Gobierno redefine las condiciones del sistema previsional y flexibiliza la participación de los trabajadores independientes, quienes desde 2028 podrán decidir libremente si aportan o no a su fondo de pensiones.

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