Los familiares de personas fallecidas que aportaron al Sistema Privado de Pensiones (SPP) tendrán un mecanismo más sencillo para conocer si existen fondos previsionales pendientes y reclamar ese dinero, gracias a una nueva disposición aprobada por la SBS, que entrará en vigencia desde septiembre de este año. La medida busca evitar que saldos acumulados permanezcan sin ser reclamados por falta de información o desconocimiento de los herederos.
La norma, contenida en la Resolución SBS N.° 1400-2026, obliga a las AFP —ahora denominadas Empresas Administradoras de Fondos (EAF)— a implementar tres acciones mínimas: verificar el fallecimiento del afiliado mediante cruce de datos oficiales, comunicar el caso a la última dirección registrada dentro de 15 días calendario y publicar semestralmente listas de afiliados fallecidos con saldos pendientes en medios de circulación nacional y en sus portales web.
Según la nueva regla, las AFP deberán incluir en estas listas a afiliados fallecidos con más de 90 días calendario de antigüedad y respecto de quienes no se haya iniciado ningún trámite de pensión de sobrevivencia o herencia. La primera publicación deberá realizarse como máximo el 12 de septiembre de 2026, fecha a partir de la cual los familiares podrán revisar la información en línea y recibir orientación para iniciar el trámite correspondiente.
La SBS recordó que, cuando existen beneficiarios legales —como cónyuge, conviviente reconocido, hijos o padres en ciertos casos—, los fondos pueden entregarse mediante una pensión de sobrevivencia. Si no existen beneficiarios con derecho a pensión, el dinero pasa a formar parte de la masa hereditaria y puede ser reclamado por los herederos conforme a ley.
Otro punto clave es que la Ley N.° 32123 de Modernización del Sistema Previsional Peruano establece que, si no aparecen herederos y los saldos permanecen sin ser reclamados durante 10 años, esos fondos serán transferidos a la ONP. Por ello, la SBS busca cerrar la brecha de información y facilitar que los recursos lleguen oportunamente a las familias de los afiliados fallecidos.