La exfiscal de la Nación Delia Espinoza fue nuevamente inhabilitada para ejercer la función pública por un periodo de diez años, luego de que el Congreso de la República publicara en el Diario Oficial El Peruano la Resolución Legislativa N.° 010-2025-2026-CR que formaliza la sanción aprobada por el Pleno.
La medida fue suscrita por el presidente encargado del Parlamento, Fernando Rospigliosi, y el segundo vicepresidente, Waldemar Cerrón Rojas, y se sustenta en la denuncia constitucional que Espinoza presentó contra 11 congresistas que respaldaron una norma que permitía a legisladores con antecedentes en las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional percibir simultáneamente sueldo y pensión.
La sanción fue aprobada el 7 de mayo de 2026 con 70 votos a favor, 18 en contra y 2 abstenciones. Sin embargo, el proceso estuvo marcado por una controvertida reconsideración.
Inicialmente, el 12 de marzo de 2026, el Pleno no alcanzó los 66 votos mínimos requeridos para aprobar la inhabilitación. Posteriormente, el congresista Jorge Montoya, uno de los parlamentarios denunciados por Espinoza, presentó una reconsideración que permitió que el caso regresara al Pleno.
Semanas después, la propuesta obtuvo el respaldo de bancadas como Fuerza Popular, Alianza para el Progreso, Renovación Popular, Avanza País y Podemos Perú, alcanzando los votos necesarios para concretar la sanción.
Esta decisión representa la segunda inhabilitación de diez años impuesta por el Parlamento contra Delia Espinoza.
La primera sanción estuvo relacionada con una presunta contravención de la Ley 32130 vinculada al Reglamento de Actuación Fiscal en la Investigación del Delito. Según el caso, Espinoza fue responsabilizada por una norma que, de acuerdo con su defensa, no firmó ni respaldó.
Además de la inhabilitación, el Congreso aprobó levantarle la prerrogativa de antejuicio político y autorizó una acusación constitucional por los presuntos delitos de abuso de autoridad, prevaricato, falsedad genérica y usurpación de funciones.
Frente a la primera sanción, Delia Espinoza presentó una demanda de amparo ante la Sala Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima.
El 26 de mayo de 2026, el tribunal declaró fundada en parte la acción y concluyó que el Congreso incurrió en un “trato discriminatorio y selectivo”. Asimismo, determinó que el procedimiento parlamentario careció de sustento técnico suficiente.
La resolución dispuso la inaplicación de las resoluciones legislativas emitidas en diciembre de 2025, ordenó la reincorporación inmediata de Espinoza como Fiscal de la Nación y Fiscal Suprema Titular, y reconoció sus derechos laborales y el tiempo de servicio interrumpido.
El 8 de junio, la misma sala otorgó efecto suspensivo a las apelaciones presentadas tanto por la Procuraduría del Congreso como por la propia Espinoza.
Con ello, el expediente fue remitido a la Sala Constitucional y Social de la Corte Suprema, instancia que deberá emitir una decisión definitiva sobre la validez de la primera inhabilitación.
En paralelo, el juez supremo de investigación preparatoria Juan Carlos Checkley declaró fundada una excepción de improcedencia de acción y ordenó el archivo definitivo del proceso penal seguido contra Espinoza por los delitos de abuso de autoridad, prevaricato, falsedad genérica y usurpación de funciones.