El Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro declaró improcedente la solicitud de inscripción de Rafael López Aliaga como candidato a regidor de la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) por el partido Renovación Popular.
La decisión fue adoptada mediante la Resolución N.° 04301, emitida este martes, luego de que el órgano electoral evaluara la documentación presentada por la agrupación política para subsanar las observaciones formuladas a su lista de candidatos.
El principal argumento del tribunal electoral se basa en que López Aliaga ya fue proclamado oficialmente como senador electo para el periodo 2026-2031 del nuevo Congreso de la República.
Dicha proclamación fue formalizada por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) mediante una resolución emitida el pasado 19 de junio.
Durante la etapa de subsanación, la defensa de Renovación Popular presentó dos documentos con el objetivo de acreditar que el también excandidato presidencial no asumiría el cargo parlamentario. Entre ellos figuraban una comunicación dirigida al JNE y otra enviada al oficial mayor del Congreso.
Sin embargo, el JEE concluyó que dichos documentos no demuestran que la proclamación como senador haya sido anulada o haya perdido efectos legales.
En la resolución, el tribunal electoral precisó que la proclamación emitida por el JNE constituye un acto formal y jurídicamente válido, por lo que mantiene plena vigencia mientras no sea revocada, modificada o dejada sin efecto por la autoridad competente.
Bajo ese criterio, el organismo consideró que existe un impedimento para admitir la candidatura de López Aliaga dentro de la lista presentada por Renovación Popular para la Municipalidad Metropolitana de Lima.
La resolución del JEE no solo alcanzó a Rafael López Aliaga. El organismo electoral también declaró improcedentes las postulaciones de Guillermo Valdivieso y Mario Luna.
En el caso de Valdivieso, el tribunal señaló que fue seleccionado como representante suplente ante el Parlamento Andino, situación que motivó la decisión.
Respecto a Mario Luna, la improcedencia de su candidatura se debió a que no presentó la documentación suficiente para acreditar el requisito de domicilio exigido para postular en Lima.
Con esta resolución, Renovación Popular enfrenta un nuevo revés en el proceso de inscripción de candidatos para las próximas elecciones municipales.
La decisión del JEE reafirma que los actos de proclamación emitidos por el JNE mantienen efectos legales mientras no exista una resolución que disponga expresamente lo contrario, criterio que resultó determinante para rechazar la candidatura de Rafael López Aliaga a la comuna capitalina.