El expresidente peruano Alejandro Toledo autorizó a su abogado, Carlos Torres Caro, a iniciar los trámites para solicitar un indulto humanitario debido a su estado de salud, según confirmó el letrado este viernes.
De acuerdo con Torres Caro, el pedido fue realizado por Toledo mediante un escrito presentado el pasado 24 de junio y estaría sustentado en la Ley 32181, promulgada en diciembre de 2024, que contempla mecanismos para que personas mayores de 80 años puedan cumplir determinadas condenas fuera de un establecimiento penitenciario, siempre que exista autorización judicial.
El abogado explicó que la norma permite evaluar que personas de avanzada edad puedan cumplir su pena en su domicilio, en lugar de permanecer en prisión.
“Estamos a la espera de que la Corte Suprema pueda calificar el pedido y señalar fecha para la vista de la causa”, indicó Torres Caro al referirse al procedimiento que busca impulsar en favor del exmandatario.
Según sostuvo, la estrategia legal se centra principalmente en los alcances de la Ley 32181, que considera como beneficiarios potenciales a personas mayores de 80 años bajo determinadas condiciones.
La defensa aseguró que existen diversos informes médicos, tanto oficiales como particulares, que evidenciarían un deterioro progresivo en la salud de Toledo.
Torres Caro señaló que el exjefe de Estado presenta un cuadro de depresión severa y que su estado físico y cognitivo ha cambiado considerablemente en comparación con años anteriores.
Asimismo, indicó que uno de los reportes médicos recientes advierte sobre un alto riesgo de accidente cerebrovascular (ACV), infarto al miocardio y arritmias cardíacas.
Según el abogado, estos documentos forman parte de los elementos que serán presentados para sustentar la solicitud de indulto humanitario.
Durante sus declaraciones, Torres Caro sostuvo que el indulto forma parte del derecho de gracia contemplado en el artículo 118 de la Constitución Política del Perú.
El letrado argumentó que la Carta Magna no exige expresamente que exista una sentencia firme para tramitar un indulto, diferenciando esta figura de la gracia presidencial y de la conmutación de pena.
Además, cuestionó algunas restricciones legales y criterios jurisprudenciales que, en los últimos años, han limitado el acceso a beneficios presidenciales para personas condenadas por determinados delitos.
La defensa legal del exmandatario manifestó que continuará impulsando el pedido ante las instancias correspondientes mientras espera que el Poder Judicial programe la evaluación del caso.
Por el momento, no existe una decisión oficial sobre la solicitud y serán las autoridades competentes las encargadas de determinar si procede o no el beneficio solicitado por el expresidente.
El caso vuelve a poner en debate los alcances de los indultos humanitarios en el Perú y los criterios que deben aplicarse para su eventual concesión.