El Poder Judicial admitió a trámite la demanda de amparo presentada por la exfiscal de la Nación Delia Espinoza, quien busca que se declare nula la segunda inhabilitación por diez años impuesta por el Congreso de la República.
La decisión fue adoptada por la Primera Sala Constitucional de Lima, que además programó una audiencia única para el próximo 5 de octubre a las 9:00 de la mañana. El Parlamento tendrá un plazo de diez días hábiles para responder a la demanda.
La inhabilitación cuestionada corresponde a la sanción aprobada por el Congreso tras una denuncia constitucional presentada por Espinoza contra once parlamentarios.
La exfiscal cuestionó a los legisladores por haber respaldado una norma que permitía a congresistas con trayectoria en las Fuerzas Armadas o la Policía Nacional percibir simultáneamente su remuneración como parlamentarios y una pensión militar o policial, disposición que fue conocida públicamente como la ley del “doble sueldo”.
La sanción fue oficializada el 23 de junio mediante la publicación de la Resolución Legislativa N.º 010-2025-2026-CR en el diario oficial El Peruano.
El documento fue suscrito por el presidente encargado del Congreso, Fernando Rospigliosi, y el segundo vicepresidente, Waldemar Cerrón Rojas.
La medida había sido aprobada por el Pleno el 7 de mayo de 2026 con 70 votos a favor, 18 en contra y dos abstenciones.
Antes de ello, un primer intento de aprobación realizado el 12 de marzo no prosperó debido a que no alcanzó el número mínimo de votos requeridos. Posteriormente, una reconsideración presentada por el congresista Jorge Montoya, uno de los legisladores denunciados por Espinoza, permitió que el caso regresara al Pleno y finalmente fuera aprobado.
Esta es la segunda inhabilitación de diez años impuesta por el Parlamento contra Delia Espinoza.
La primera estuvo relacionada con una supuesta contravención de la Ley 32130, vinculada al Reglamento de Actuación Fiscal en la Investigación del Delito.
En ese proceso, el Congreso también dispuso el retiro de la prerrogativa de antejuicio penal y habilitó una acusación constitucional por presuntos delitos de abuso de autoridad, prevaricato, falsedad genérica y usurpación de funciones.
Sin embargo, el 26 de mayo, una sala constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima declaró fundada en parte una demanda de amparo presentada por Espinoza y concluyó que el Parlamento incurrió en un “trato discriminatorio y selectivo”.
Como consecuencia, ordenó su reincorporación inmediata como Fiscal de la Nación y Fiscal Suprema Titular.
Posteriormente, el 8 de junio, la misma sala concedió efecto suspensivo a las apelaciones presentadas por la Procuraduría Pública del Congreso y por la propia Espinoza, por lo que el expediente pasó a evaluación de la Sala Constitucional y Social de la Corte Suprema.
De manera paralela, el juez supremo de investigación preparatoria Juan Carlos Checkley declaró fundada una excepción de improcedencia de acción y ordenó el archivo definitivo del proceso penal que se seguía contra la exfiscal por los presuntos delitos de abuso de autoridad, prevaricato, falsedad genérica y usurpación de funciones.
Con la admisión de esta nueva demanda, el Poder Judicial deberá evaluar la legalidad de la segunda sanción impuesta por el Congreso y determinar si corresponde mantener o dejar sin efecto la inhabilitación por diez años.