El pleno del Jurado Nacional de Elecciones evaluará este lunes, en audiencia pública, la apelación presentada por Renovación Popular contra la resolución que declaró improcedente la candidatura de Rafael López Aliaga para las elecciones municipales de Lima Metropolitana.
La audiencia ha sido programada para las 3:00 de la tarde y permitirá que el máximo organismo electoral resuelva en última y definitiva instancia el recurso presentado por la agrupación política.
El pasado 30 de junio, el Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro emitió la Resolución N.° 04301-2026-JEE-LICN/JNE, mediante la cual declaró improcedente la inscripción de las candidaturas de Rafael López Aliaga, Guillermo Valdivieso y Mario Luna para los comicios municipales.
Posteriormente, el 4 de julio, el mismo JEE concedió el recurso de apelación presentado por el personero legal de Renovación Popular y dispuso elevar el expediente al Jurado Nacional de Elecciones para su revisión.
En el recurso presentado ante los organismos electorales, el personero legal de Renovación Popular, Fernando Sandoval, sostuvo que la decisión del JEE vulnera el derecho constitucional de sus candidatos a participar en el proceso electoral.
Según argumentó, la resolución se basa en una interpretación que contravendría la Constitución y la legislación vigente.
Sandoval señaló que las restricciones para postular en elecciones municipales alcanzan a los congresistas en ejercicio de sus funciones, pero no necesariamente a quienes han sido elegidos y proclamados, aunque aún no hayan asumido formalmente el cargo.
Uno de los principales argumentos de la apelación radica en la diferencia entre un congresista proclamado y uno que ya ejerce funciones parlamentarias.
De acuerdo con Renovación Popular, la condición de congresista en funciones se adquiere únicamente después de la juramentación y del cumplimiento de las formalidades correspondientes ante el Congreso de la República.
La organización sostiene que mientras ello no ocurra, el ciudadano elegido no se encuentra sujeto al conjunto de impedimentos e incompatibilidades previstos para los parlamentarios en ejercicio.
Por ese motivo, considera que Rafael López Aliaga no estaría alcanzado por la restricción invocada para declarar improcedente su candidatura municipal.
Otro de los argumentos planteados por la agrupación política se refiere a la decisión de López Aliaga de declinar al cargo para el que fue elegido.
Según el recurso, el candidato comunicó formalmente al JNE y al Congreso su decisión irrevocable de no asumir el escaño que le fue adjudicado.
En ese contexto, Renovación Popular sostiene que corresponde dejar sin efecto la credencial otorgada como senador electo y convocar al siguiente candidato de la lista que deba sucederlo.
La agrupación considera que esa circunstancia debe ser valorada al momento de analizar la procedencia de la candidatura municipal.
El recurso de apelación señala además que el propio JEE admitió a trámite las candidaturas de Leo de Paz Lancho y Aldo Bravo Quispe, quienes también fueron proclamados como diputados electos.
Según Renovación Popular, ambos ciudadanos se encuentran en una situación jurídica similar a la de López Aliaga y, pese a ello, recibieron un tratamiento distinto por parte del organismo electoral.
Por esta razón, la agrupación sostiene que la resolución vulneraría el derecho a la igualdad ante la ley reconocido por la Constitución.
La audiencia pública permitirá escuchar los argumentos de las partes antes de que el pleno del Jurado Nacional de Elecciones adopte una decisión.
El fallo que emita el organismo electoral será definitivo y determinará si Rafael López Aliaga podrá continuar en carrera para participar en las elecciones municipales de Lima Metropolitana o si se mantiene la improcedencia de su candidatura.