martes 14 de julio de 2026 - Edición Nº742

Economía | 14 jul 2026

Consejo Fiscal pide dejar gratificación CAS al próximo gobierno

14:45 |El presidente del Consejo Fiscal, Alonso Segura, planteó que la implementación de la gratificación y CTS para trabajadores CAS sea evaluada por la futura gestión de Keiko Fujimori, tras el reciente cambio de criterio del Tribunal Constitucional sobre la iniciativa de gasto del Congreso.


El presidente del Consejo Fiscal, Alonso Segura, solicitó que la aplicación de la ley que reconoce el pago de gratificación y Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) a los trabajadores del régimen CAS no sea ejecutada por el actual gobierno de José María Balcázar, sino que quede en manos de la administración de Keiko Fujimori, quien asumirá la Presidencia para el periodo 2026-2031.

Durante una entrevista con RPP, Segura consideró que el reciente fallo del Tribunal Constitucional (TC) representa un cambio relevante en materia fiscal al reafirmar que el Congreso de la República no tiene iniciativa de gasto, criterio que, según indicó, difiere de decisiones adoptadas por el propio tribunal en años anteriores.

Consejo Fiscal respalda nuevo criterio del Tribunal Constitucional

Segura saludó la decisión del máximo intérprete de la Constitución, al señalar que diversas normas aprobadas por el Parlamento en los últimos años han generado compromisos económicos de gran magnitud para el Estado.

Entre ellas mencionó leyes relacionadas con aumentos de pensiones, nombramientos en el sector público, beneficios laborales para trabajadores CAS, creación de universidades y exoneraciones tributarias.

“Saludamos que el TC haya modificado su criterio sobre el artículo 79 y otros artículos sobre iniciativa de gasto porque habían generado contingencias y obligaciones enormes al Estado que nos ponían en una senda de insostenibilidad fiscal”, sostuvo.

El reciente precedente vinculante del TC establece que la creación o ampliación de gastos públicos corresponde exclusivamente al Poder Ejecutivo, independientemente de si el impacto presupuestal se produce en el ejercicio fiscal vigente o en años posteriores.

Segura plantea que el MEF no reglamente la gratificación CAS

Respecto a la Ley N.° 32563, que reconoce el pago de gratificaciones y CTS para trabajadores CAS, Segura afirmó que aún no se han iniciado los desembolsos correspondientes y consideró que el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) debería esperar antes de avanzar con su implementación.

“De los trabajadores CAS, por ejemplo, no se ha iniciado, no se han hecho los pagos. Entonces corresponde que el MEF no reglamente, en mi opinión, y que espere a que eso se decante”, manifestó.

Según su planteamiento, la futura administración tendría la posibilidad de evaluar la viabilidad de estas normas y, de considerarlo necesario, promover acciones de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional.

Otras leyes también podrían ser revisadas

El debate no solo involucra a los trabajadores CAS. Diversos sectores han expresado preocupación por la posibilidad de que otras leyes con impacto presupuestal sean sometidas a revisión constitucional.

Entre las normas mencionadas figuran:

  • La Ley N.° 32563, que reconoce gratificaciones y CTS para trabajadores CAS.
  • La denominada Ley de Pensión Digna, que plantea incrementos para maestros cesantes y jubilados.
  • La Ley de homologación del incentivo único del CAFAE para trabajadores del sector público.

Preocupación entre trabajadores y pensionistas

Representantes de sindicatos y organizaciones laborales han advertido que una eventual revisión de estas normas podría afectar beneficios que consideran ya reconocidos por ley.

Mientras tanto, el nuevo criterio del Tribunal Constitucional abre un escenario de debate entre quienes defienden la sostenibilidad de las finanzas públicas y quienes sostienen que los derechos laborales y previsionales no deben verse afectados por cambios en la interpretación constitucional.

¿Qué implica el fallo del Tribunal Constitucional?

La reciente sentencia del TC establece que el Congreso no puede aprobar leyes que generen gasto público sin participación del Poder Ejecutivo. Además, el tribunal precisó que esta restricción aplica tanto para gastos inmediatos como para aquellos que impacten en presupuestos futuros.

Con este nuevo precedente, el Gobierno tendrá mayores herramientas para observar o impugnar normas que considere incompatibles con el equilibrio fiscal del Estado.

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