Por: Alejandra Romero
El miedo a quedarse sin un techo en la vejez lleva a muchas familias a postergar la transferencia de sus bienes. Existe el mito recurrente de que otorgar una vivienda en vida a los hijos mediante un anticipo de legítima implica quedar expuesto a un eventual despojo o desalojo. Sin embargo, la legislación peruana ofrece mecanismos de protección patrimonial efectivos que garantizan la tranquilidad del anticipante sin restar validez al acto de herencia previa.
Para transferir una propiedad de forma segura en vida, es indispensable aplicar las siguientes garantías legales:
El riesgo no radica en otorgar la herencia en vida, sino en tramitarla sin el debido blindaje legal. Realizar un proceso formal ante notario con la inclusión de la reserva de usufructo vitalicio asegura la protección absoluta del hogar. Si requiere asesoría legal sobre la protección de su patrimonio o trámites de herencia, escríbeme directamente al correo [email protected].