lunes 14 de septiembre de 2026 - Edición Nº804

Perspectivas | 14 sep 2026

Legalmente

Claves para elegir tu pensión en la ONP o AFP

11:58 |Alejandra Romero | Abogada y Comunicadora | [email protected]


Por: Dra. Alejandra Romero

Elegir el sistema de pensiones adecuado es una de las decisiones financieras y jurídicas más trascendentales en la vida laboral de todo trabajador peruano. Sin embargo, miles de aportantes en Arequipa desconocen el destino real de sus descuentos mensuales, la estructura de su fondo y las diferencias sustanciales entre el ámbito público y el privado. En un contexto donde la previsión social es fundamental, comprender cómo funciona cada alternativa resulta indispensable para asegurar una vejez digna y sin sobresaltos.

Como noticia positiva de coyuntura, la Oficina de Normalización Previsional (ONP) dispuso un incremento adicional del 25% en las pensiones correspondientes a la Bonificación por Edad Avanzada (BEA). Este beneficio alcanza a más de 145,000 jubilados del Decreto Ley 19990 que han cumplido 80 años de edad. Lo relevante desde el punto de vista legal y administrativo es que dicho abono se efectúa de oficio directamente en las boletas de pago, garantizando el derecho del adulto mayor sin exigir trámites presenciales ni extenuantes filas.

Ahora bien, para tomar decisiones informadas sobre nuestro futuro, resulta vital analizar las tres diferencias de oro entre ambos sistemas:

  1. Naturaleza del fondo y propiedad: La ONP opera bajo el Sistema Público de Pensiones mediante un pozo común solidario. El 13% descontado del salario financia de forma inmediata la pensión de los jubilados actuales. Por el contrario, la AFP pertenece al Sistema Privado de Pensiones, donde las aportaciones ingresan a una Cuenta Individual de Capitalización (CIC) a nombre del trabajador, generando rentabilidad según las inversiones del mercado.
  2. Requisitos de acceso y heredabilidad: Para acceder a una pensión en la ONP se exige acreditar un período mínimo de aportaciones (10 años para una pensión proporcional o 20 años para una completa); de no alcanzarse dicho récord, las aportaciones no se devuelven. En las AFP, el fondo es de propiedad exclusiva del afiliado: no se pierde ante periodos de desempleo, permite el retiro de hasta el 95.5% al cumplir 65 años y se transmite a los herederos en caso de fallecimiento.
  3. Garantía del beneficio: La ONP asegura un pago mensual fijo y vitalicio garantizado por el Estado, protegido ante las variaciones del mercado financiero. Por su parte, la pensión en la AFP depende estrictamente del capital acumulado y de los rendimientos generados por la administradora.

¿Cuál sistema conviene según el perfil laboral? La ONP se ajusta a trabajadores dependientes con continuidad laboral que buscan la certeza de un ingreso vitalicio respaldado por el Estado. En cambio, la AFP resulta idónea para trabajadores independientes, profesionales con ingresos variables o personas que priorizan la protección patrimonial heredable para sus familias.

Supervisar la cuenta individual o el récord de aportes no es una formalidad prescindible, sino un acto de responsabilidad con nuestro propio bienestar. Si requiere orientación legal sobre su situación previsional o la verificación de sus aportes, puede escribir al correo [email protected].

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